El Cuarto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional declaró inadmisible la acusación presentada por el Ministerio Público contra los hermanos Ana Linda Fernández de Paola y Emir José Fernández de Paola, vinculados por el órgano acusador al denominado caso Calamar.
Los hermanos enfrentaban un proceso separado del resto de los imputados de la Operación Calamar, luego de que sus expedientes fueran desglosados para ser conocidos de manera independiente.
En la acusación original, el Ministerio Público señaló a Ana Linda y Emir Fernández de Paola como supuestos sucesores de Alessandro de Paola y sostuvo que habrían utilizado documentación falsa para reclamar y recibir pagos del Estado relacionados con terrenos expropiados.
Según la imputación, ambos habrían formado parte de las operaciones investigadas por la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), que les atribuyó presuntos delitos vinculados a falsificación y uso de documentos, asociación de malhechores, estafa contra el Estado y lavado de activos.
El expediente de la Operación Calamar incluyó a los hermanos entre las personas imputadas desde la etapa inicial del proceso. Posteriormente, el Ministerio Público solicitó apertura a juicio contra ellos y otros encartados.
Con la decisión del Cuarto Juzgado de la Instrucción, la acusación contra Ana Linda y Emir Fernández de Paola fue declarada inadmisible en el proceso separado que se seguía en su contra.
La declaratoria de inadmisibilidad no debe presentarse como una absolución sobre el fondo de las imputaciones, sino como una decisión judicial sobre la admisibilidad de la acusación, a falta de conocerse íntegramente las motivaciones contenidas en el fallo.
