POR UNA POLITICA RACIONAL DE MEDICAMENTOS



Por Arismendi Díaz Santana

La ausencia de una política racional y equitativa sobre medicamentos implica un gasto familiar de bolsillo de alrededor de 115,872 millones de pesos anuales, erosionando el presupuesto de los afiliados y de la clase media

El Estado aplica una política dual e inconsistente sobre medicamentos. Como en el subsidiado es el que paga, el Estado se empeña en lograr una doble economía al prescribir medicinas genéricas bioequivalentes, y al comprarlas en grandes lotes a un costo entre la tercera y cuarta parte de los fármacos patentados. Pero al mismo tiempo, permite medicamentos de marca que cuestan tres y hasta cuatro veces más, penalizando a los afiliados contributivos.

Resulta contraproducente e irracional que mientras el Estado cumple con esas recomendaciones en los centros públicos y para los afiliados subsidiados, permita que en el contributivo los medicamentos sean reducidos a una mercancía cualquiera, sujeta al afán desmedido de lucro de los grandes monopolios.

Establecer la obligatoriedad de la prescripción de medicamentos genéricos de calidad, con opción a uno patentado cubriendo el paciente la diferencia

Un informe de la SISALRIL, citado por el Dr. Pedro Ramírez, indica que en el 2022 las medicinas representaron el 55.3% del gasto de bolsillo en salud, equivalente a unos RD$100,270 millones. De manera conservadora se estiman en 115,872 millones para el 2024, unos 1,931 millones de dólares.

La Fundación Seguridad Social Para Todos (FSSPT) propuso a la Comisión Bicameral del Congreso agregar un párrafo al artículo 130 de la Ley 87-01, como sigue:

  1. La prescripción de medicamentos ambulatorios se basará en los fármacos con principios activos bioequivalentes de calidad, registrados y validados por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MINSA).
  2. Sólo se podrán prescribir medicamentos patentados en aquellos casos en que el MINSA certifique la inexistencia de fármacos bioequivalentes, y mientras exista esa limitante en el país.
  3. Los afiliados podrán optar por la compra de medicamentos patentados, siempre que cubran el costo adicional al precio de referencia de los bioequivalentes aprobados.
  4. El Catálogo de Medicamentos del PBS será aprobado por el CNSS y revisado y actualizado regularmente en un plazo no mayor de dos (2) años.

En adición, nuestra Fundación favorece la negociación de precios fijos para los medicamentos genéricos de calidad, revisables periódicamente, a fin de evitar su aumento arbitrario cada vez que el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) aumente el límite anual de los fármacos cubiertos por el PBS/PDSS. ADS/609/23/10/2025

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