Por Arismendi Díaz Santana
La ausencia de una política racional y equitativa sobre medicamentos implica un gasto familiar de bolsillo de alrededor de 115,872 millones de pesos anuales, erosionando el presupuesto de los afiliados y de la clase media
El Estado aplica una política dual e inconsistente sobre medicamentos. Como en el subsidiado es el que paga, el Estado se empeña en lograr una doble economía al prescribir medicinas genéricas bioequivalentes, y al comprarlas en grandes lotes a un costo entre la tercera y cuarta parte de los fármacos patentados. Pero al mismo tiempo, permite medicamentos de marca que cuestan tres y hasta cuatro veces más, penalizando a los afiliados contributivos.
Resulta contraproducente e irracional que mientras el Estado cumple con esas recomendaciones en los centros públicos y para los afiliados subsidiados, permita que en el contributivo los medicamentos sean reducidos a una mercancía cualquiera, sujeta al afán desmedido de lucro de los grandes monopolios.
Establecer la obligatoriedad de la prescripción de medicamentos genéricos de calidad, con opción a uno patentado cubriendo el paciente la diferencia
Un informe de la SISALRIL, citado por el Dr. Pedro Ramírez, indica que en el 2022 las medicinas representaron el 55.3% del gasto de bolsillo en salud, equivalente a unos RD$100,270 millones. De manera conservadora se estiman en 115,872 millones para el 2024, unos 1,931 millones de dólares.
La Fundación Seguridad Social Para Todos (FSSPT) propuso a la Comisión Bicameral del Congreso agregar un párrafo al artículo 130 de la Ley 87-01, como sigue:
- La prescripción de medicamentos ambulatorios se basará en los fármacos con principios activos bioequivalentes de calidad, registrados y validados por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MINSA).
- Sólo se podrán prescribir medicamentos patentados en aquellos casos en que el MINSA certifique la inexistencia de fármacos bioequivalentes, y mientras exista esa limitante en el país.
- Los afiliados podrán optar por la compra de medicamentos patentados, siempre que cubran el costo adicional al precio de referencia de los bioequivalentes aprobados.
- El Catálogo de Medicamentos del PBS será aprobado por el CNSS y revisado y actualizado regularmente en un plazo no mayor de dos (2) años.
En adición, nuestra Fundación favorece la negociación de precios fijos para los medicamentos genéricos de calidad, revisables periódicamente, a fin de evitar su aumento arbitrario cada vez que el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) aumente el límite anual de los fármacos cubiertos por el PBS/PDSS. ADS/609/23/10/2025