“El costo de la vida no es renta: es mínimo vital”



Daniel Toribio

La negativa a indexar el tramo exento del ISR no es un debate local ni un capricho de opinadores. Desde Adam Smith, la tributación descansa en una idea sencilla: el impuesto debe recaer sobre la “capacidad de pago” —no sobre el costo de la vida. Por eso, en casi todos los sistemas modernos existe un mínimo no imponible que protege el ingreso indispensable.

No es un invento dominicano: es la piedra angular de la justicia tributaria desde 1776.

Si aceptamos que gravar los costos de las empresas —materias primas, energía, nómina— distorsiona y castiga la producción, ¿por qué sería lógico gravar el costo de la vida de un asalariado? En las empresas, los gastos necesarios para operar no se tratan como renta. En el caso de las personas, el equivalente es la canasta familiar.

Ese es el umbral económico que separa la subsistencia del excedente. Gravar por debajo de ese piso es confiscar, no recaudar.

Cuando el Gobierno congela la tabla del ISR y niega la indexación por inflación, no está “ahorrando” ni “haciendo eficiencia”. Está reduciendo, de forma encubierta, el mínimo no imponible en términos reales y trasladando el ajuste de precios al contribuyente.

El resultado es el “salto de tramo”: suben los salarios nominales para alcanzar la canasta, pero el fisco te trata como si hubieras aumentado tu riqueza. No la aumentaste; solo pagas más por lo mismo.

La canasta familiar es el ancla práctica del mínimo vital. Alimentación, transporte, vivienda y servicios básicos marcan el costo real de mantenerse a flote. Si el tramo exento no se ajusta a ese costo, el impuesto deja de medir capacidad y termina restando a lo indispensable.

Eso afecta la equidad horizontal —tratar igual a quienes están realmente en situación similar— y erosiona la equidad vertical —que contribuya más quien de verdad tiene más capacidad—.

El argumento de que “indexar pone en riesgo la recaudación” pone el carro delante del caballo. Primero se debe definir qué parte del ingreso es intocable por ser costo de vida; después se discute cómo financiar el Estado con prioridades, reglas y eficiencia. Así operan los países justos: protegen el mínimo y ordenan el presupuesto sin atajos.

La salida es legal, técnica y ética: indexación automática anual de la tabla —empezando por el tramo exento— según la inflación que encarece la canasta familiar, y una regla fiscal que discipline el gasto. Solo así el ISR vuelve a gravar capacidad y no supervivencia.

Todo lo demás es convertir la inflación en un impuesto que no pasa por el Congreso, pero sí por tu bolsillo.

Comparte esto!

Deja un comentario