A solicitud del Ministerio Público, la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional impuso seis meses de prisión preventiva a un hombre imputado por actos de tortura y barbarie que provocaron la muerte a otro al que golpeó con un palo en la cabeza, lo roció con gasolina e insecticida y luego lo incendió.
El procesado José Miguel Marrero de Jesús (Toy) mató a Cristian Pérez García el pasado 12 de octubre de 2025 en el sector San Gabriel, Kilómetro 9 de la Carretera Sánchez, del Distrito Nacional.
La víctima regresaba a su residencia alrededor de las 3:00 de la madrugada cuando fue sorprendida por el imputado, con quien mantenía conflictos previos.
Sin mediar palabras, Marrero de Jesús lo agredió físicamente con un palo en la cabeza, le echó gasolina y le lanzó un fósforo, provocando que se incendiara. También, le roció insecticida para acelerar las llamas, y posteriormente vociferó a la pareja de la víctima que lo fuera a buscar “porque lo había quemado”, retirándose del lugar.
La esposa encontró gravemente herido a Pérez García, quien le informó del victimario. Luego, trasladó a la víctima al Hospital Ney Arias Lora, donde falleció a causa de las lesiones sufridas.
El informe forense indica que la víctima presentó un 18.5% de superficie corporal quemada por flama de segundo grado, superficial y profundo, distribuida en cara, cuello, tronco posterior y ambos miembros superiores.
El Ministerio Público, a través del Departamento de Investigación de Crímenes y Delitos contra la Persona de la Fiscalía del Distrito Nacional, sustentó la solicitud de prisión preventiva con múltiples elementos de prueba, entre ellos, testimonios, certificaciones médicas de la Unidad de Quemados del Hospital Ney Arias Lora, actas de levantamiento de cadáver y de arresto.
El juez Rigoberto Sena dispuso que el imputado cumpla la medida de coerción en la Penitenciaría Nacional de La Victoria y fijó para el 5 de febrero de 2025 la revisión obligatoria de la misma.
El órgano persecutor otorgó al hecho la calificación jurídica de homicidio agravado, en violación a los artículos 295, 303, 303-1 y 304 del Código Penal dominicano, y solicitó la aplicación de la medida de coerción establecida en el artículo 226, numeral 7, del Código Procesal Penal, consistente en prisión preventiva, con el propósito de garantizar la presencia del imputado durante el proceso judicial.
