El campocorto fue hallado culpable de violar el artículo 396 del Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03).
El Ministerio Público solicitó a la Corte de Apelación de Puerto Plata que imponga cinco años de prisión a Wander Samuel Franco Aybar, condenado en primera instancia a dos años por abusar psicológica y sexualmente de una adolescente.
Además, un comunicado de prensa indicó que la Procuraduría Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y la Fiscalía de Puerto Plata, solicitaron a la corte rechazar parcialmente el recurso de apelación presentado por Martha Vanessa Chevalier, madre de la adolescente, contra la sentencia que la condena a 10 años de prisión por explotación sexual comercial y lavado de activos, así como al pago de una multa de 30 salarios mínimos y el decomiso de varios bienes.
La institución precisó que pidió al tribunal dictar su propia sentencia e imponer a Franco Aybar una condena de cinco años de prisión por abuso sexual infantil.
Respecto a la procesada, solicitó que la corte dicte su propia decisión en relación a la motivación, para que sea más amplia en lo relativo al lavado de activos con la explotación sexual como delito precedente.
El fallo de la solicitud del MP será el 9 de diciembre de 2025, a partir de las 9:00 de la mañana.
La corte conoció los recursos contra la sentencia dictada el pasado 27 de junio por el Tribunal Colegiado del Distrito Judicial de Puerto Plata, integrado por los jueces Jakayra Veras, Venecia Rojas y José Juan Jiménez.
El toletero fue condenado en primera instancia a dos años de prisión suspendida, así como al pago de 10 salarios mínimos y las costas penales del proceso.
El campocorto fue hallado culpable de violar el artículo 396 del Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03).
El tribunal en primera instancia, impuso la pena suspendida, disponiendo que Franco Aybar no se acerque a adolescentes con fines sexuales y en caso de incumplimiento de la medida deberá cumplir la pena en prisión en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) San Felipe de Puerto Plata.
Mientras que la madre de la víctima fue condenada a cumplir 10 años de prisión en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Rafey Mujeres, en Santiago, al establecer el tribunal, que la mujer incurrió en delitos de explotación sexual comercial y lavado de activos.
También, la sentencia establece el pago de una multa equivalente a 30 salarios mínimos en beneficio del Estado dominicano.
Asimismo, una nota de prensa reveló que se ordenó el decomiso de los bienes que les fueron incautados a la procesada, los mismos incluyen un solar ubicado en Villa Montellano con una extensión superficial de 600 metros cuadrados, un carro del año 2023, un depósito bancario de RD$2,100,000, así como la suma de 68 mil 500 dólares americanos y 800 mil pesos dominicanos.
Igualmente, los equipos celulares y todos los valores colocados en la cuenta de la madre de la víctima. De igual manera, le ordena el pago de las costas penales del proceso.