Caso Coral: Pepca afirma no procede la extinción penal y atribuye el 90% de las dilaciones a los imputados



La titular de la Procuraduría Especializada de Persecución a la Corrupción Administrativa (Pepca), Mirna Ortiz, afirmó que no procede declarar la extinción penal en el proceso seguido contra el general Adán Cáceres Silvestre y compartes, como pretenden las defensas de los imputados. Aseguró que el Ministerio Público desmontó, una vez más, esa teoría planteada por los abogados de los acusados.

Ortiz ofreció estas declaraciones a la salida del tribunal, donde explicó que este fue uno de los puntos abordados de manera precisa por el Ministerio Público, “desmontando una vez más la teoría que pretende implantar la defensa no solamente en el tribunal, sino también a través de medios de comunicación y bajo distintas vías”.

Indicó que “el 90% de las dilaciones del proceso han sido provocadas por los imputados”, por lo que no pueden alegar la extinción de la acción penal.

Estas declaraciones se producen luego de que el Ministerio Público presentara ante las juezas del Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional la réplica contra la refutación presentada por los abogados de los imputados en el caso Coral y Coral 5G. En este proceso figuran los generales Adán Cáceres Silvestre, Juan Carlos Torres Robiou y Julio Camilo de los Santos Viola, entre otros implicados.Juan Carlos Torres Robiou, Julio Camilo de los Santos Viola, Adán Cáceres y Boanerges Reyes Batista, implicados en el caso Coral.

La jueza presidenta del tribunal recesó la audiencia hasta el próximo martes 14, cuando se continuará con el juicio contra los implicados en los casos Coral y Coral 5G.

La titular del Pepca, Ortiz, recalcó que el pedimento de declarar la extinción penal fue debidamente abordado por el Ministerio Público en el tribunal, desmontando la teoría de la defensa tanto en el ámbito judicial como mediático.

Explicó que la extinción de la acción penal, tal como ha reconocido el Tribunal Constitucional Dominicano, incluso en su decisión más reciente de marzo de 2026, no es un cálculo matemático.

“No es que, al llegar a cuatro años, el proceso se extingue automáticamente. Existen razones y requisitos como la complejidad del proceso y la conducta de los imputados que influyen en la determinación de este plazo”, señaló.

Asimismo, indicó que la reciente reforma del Código Procesal Penal establece que, para declarar la extinción, deben tomarse en cuenta principios como la razonabilidad del plazo, especialmente en casos complejos como este.

“En un caso de esta magnitud, donde el 90% de las dilaciones provienen de los imputados, no se puede hablar de extinción”, manifestó Ortiz.

Agregó que este argumento ya ha sido rechazado en decisiones anteriores por el mismo tribunal, así como por la Corte de Apelación y la Suprema Corte de Justicia. “Bajo ningún concepto este proceso puede ser declarado extinto”, enfatizó.

En la próxima audiencia, los abogados de los imputados presentarán la contrarréplica a la réplica del Ministerio Público, dentro de la fase de refutación a la acusación presentada contra los implicados en los casos Coral y Coral 5G.

Una vez concluida esta etapa, algunos imputados podrían hacer uso de la palabra. Posteriormente, las juezas se retirarán a deliberar y deberán emitir su fallo en un plazo no mayor de 30 días.

Pedimento del Ministerio Público y defensa de los imputados
El Ministerio Público solicitó en febrero penas de 20 años de prisión y multas de 400 salarios mínimos contra los principales imputados, entre ellos los generales Adán Cáceres Silvestre, Juan Carlos Torres Robiou y Julio Camilo de los Santos Viola, acusados de sustraer más de RD$4,500 millones al Estado mediante las operaciones Coral y Coral 5G.

También solicitó igual condena para el coronel Rafael Núñez de Aza, el general Boanerges Reyes Batista y el capitán Franklin Antonio Mata Flores.

Asimismo, pidió 15 años de prisión y multas de 300 salarios mínimos para varios implicados, incluyendo a Rossy Maybelline Guzmán Sánchez (la Pastora), Kelman Santana Martínez y Pedro Roberto Castillo Nolasco.

De igual manera, solicitó condenas de 10 años de prisión y multas de 200 salarios mínimos para otros implicados, además de penas de 5 años para varios procesados, entre ellos Raúl Alejandro Girón Jiménez.

El órgano acusador también pidió la clausura y disolución de entidades vinculadas, como la Iglesia Bautista Vida Eterna, así como sanciones contra varias empresas.

Además, solicitó el decomiso de bienes incautados, incluyendo más de 200 inmuebles, 86 vehículos de alto cilindraje y sumas millonarias en efectivo. Estos bienes han generado ingresos superiores a RD$86 millones.

El Ministerio Público acusa a Cáceres Silvestre de encabezar esta red de corrupción, integrada por 48 imputados entre personas físicas y empresas, que operó entre 2012 y 2020, desviando fondos públicos de entidades como el CUSEP, CESTUR y CONANI.

Por su parte, los abogados de los imputados solicitaron rechazar el pedimento del Ministerio Público, declarar la absolución de sus representados, levantar las medidas de coerción impuestas, retirar las oposiciones sobre los bienes, incluyendo cuentas bancarias, y ordenar la devolución de los inmuebles y bienes muebles incautados.

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