Solicitan condena de 30 años contra Pascual Cordero (El Chino) por narcotráfico

La Fiscalía del Distrito Nacional pidió al Cuarto Tribunal Colegiado imponer 30 años de prisión y decomiso de los bienes contra Pascual Cordero Martínez (El Chino), acusado de narcotráfico y lavado de activos al incorporar al sistema financiero recursos obtenidos en más de 15 años de operaciones de droga.

Durante la exposición de las conclusiones, las fiscales litigantes Magaly Sánchez, Laura Vargas y María Silvestre presentaron a las juezas Ingrid Fernández, Ana Lee y Altagracia Ramírez más de mil pruebas materiales, testimoniales, documentales y periciales para sustentar la acusación del Ministerio Público.

Durante la audiencia, el Ministerio Público resaltó la incorporación de la condena dictada contra Cordero en un tribunal en la provincia La Altagracia para sustentar la reincidencia del encartado en asuntos de narcotráfico.

Jesús Pascual Cordero Martínez ha sido señalado por las autoridades como uno de los principales jefes del microtráfico de drogas en el país. Se le ha señalado como un traficante de cocaína procedente de Perú y también de tener contactos con productores de narcóticos de Colombia y otros países sudamericanos.

El escrito de acusación indica que Cordero Martínez incurría en lavado de activos a través de empresas de fachada, que supuestamente le sirvieron para adquirir bienes y servicios, haciendo uso en muchos casos de identidades y documentos falsos.

Según el Ministerio Público ese entramado permitió al imputado agenciar y transferir productos financieros y colocar la titularidad a favor de sus colaboradores. Sin embargo, el uso, disfrute y disposición del bien, y su administración en la mayoría de los casos, se enlazaban con otros miembros de la red, lo que evidenciaba estrategias para impedir que las autoridades determinaran el origen de los fondos y el verdadero propietario.

El órgano de la persecución penal le atribuye a El Chino los delitos de asociación de malhechores, patrocinador de narcotráfico internacional y lavado de activos.

sancionados en los artículos 265 y 266 del Código Penal; los artículo 4, 5, 6 y 75, párrafo III, de la Ley 50-88, sobre Drogas y Sustancias Controladas, y los artículos 3 (literales A, B, C), 4, 5, 7 (literal D), 8 (literal B), 18, 19, 21, 24, 25 y 27 de la Ley 72-02, sobre Lavado de Activos Provenientes del Tráfico Ilícito de Drogas, Sustancias Controladas y otras Infracciones Graves.

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