Cámara de Diputados aprueba en primera lectura Ley de tamizaje neonatal



Las pruebas del tamiz neonatal es prevenir la muerte precoz y otras discapacidades, mediante la detección bioquímica de ciertas enfermedades en el periodo neonatal

La Cámara de Diputados aprobó este martes en primera lectura un proyecto de ley que ordena la realización del tamizaje neonatal, para la detección de enfermedades congénitas y metabólicas en la población infantil de la República Dominicana.

Esta pieza legislativa tiene el objetivo de que se puedan diagnosticar, a través de pruebas específicas, los Errores Innatos del Metabolismo (EIM) durante la niñez, para de esta manera evitar los padecimientos producidos durante el desarrollo. Tal es el caso de las discapacidades auditivas, visuales, físicas y cognitivas.

“Las pruebas del tamiz neonatal es prevenir la muerte precoz y otras discapacidades, mediante la detección bioquímica de ciertas enfermedades en el periodo neonatal”, establece la iniciativa conocida por los diputados.

También, indica que esto permitirá la disminución del costo moral y económico generado por la discapacidad y la muerte precoz debido a la ausencia o tardanza de un diagnóstico y tratamiento oportuno de este tipo de enfermedades.

De acuerdo con los considerandos de este proyecto congresual, la Organización Mundial de la Salud (OMS) dijo que, en 2016, 5,600,000 niños murieron antes de cumplir los cinco años de edad por estas causas, las cuales se traducen en 15,000 fallecimientos por día.

APLICACIÓN GRATUITA

Según dicta el artículo dos de esta pieza presentada en la cámara baja, el ámbito de aplicación para el desarrollo del Tamizaje Neonatal será efectuado en todo el territorio nacional.

El artículo 12 señala que en los centros de salud públicos será el Estado quien deberá garantizar la cobertura de los costos para la realización de las pruebas en los neonatos.

En tanto, el artículo 13 declara que las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) tendrán que cumplir con la inclusión de este servicio dentro del listado de coberturas, el cual deberá ser realizado durante los primeros siete días del recién nacido.

Los fondos para la ejecución de esta ley serán consignados el año siguiente a la entrada en vigencia en la Ley de Presupuesto General del Estado, específicamente en el capítulo correspondiente al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MISPAS).

Además, el artículo 16 instruye a los rectores de salud y educación a promover la formación de médicos especializados y personal técnico calificado en esta área.

Tipos de Tamizaje

El documento propuesto por los senadores Bautista Rojas, provincia Hermanas Mirabal; José Castillo Casado, San José de Ocoa; y la senadora Lía Inocencia Díaz, representante de Azua; que fue aprobado en primera y segunda lectura por el Senado de la República, cuenta con varias tipologías de pruebas.

Tal es el caso del “tamizaje neonatal básico”, este incluye un conjunto de pruebas en los que se agregan el hipotiroidismo congénito, la fenilcetonuria, galactosemia, el déficit de fibrosis quística, hiperplasia suprarrenal congénita y los defectos de la hemoglobina.

Mientras que en segundo plano se encuentra el “tamizaje neonatal ampliado”, que tiene la finalidad de diagnosticar enfermedades de los aminoácidos, ácidos orgánicos y desórdenes de la beta-oxidación de los ácidos grasos.

Por último, el artículo 9 de esta ley establece como “obligatorio” al personal médico encargado de desarrollar el proceso de tamizaje “informar de manera previa” a los padres o tutor legal del recién nacido sobre las metodologías y las posibles consecuencias.

La Cámara de Diputados conocerá en segunda lectura, durante las próximas sesiones, este proyecto de ley que fue recibido el 28 de noviembre de 2023 por la Comisión Permanente de Salud.

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