Santo Domingo. Tras la intervención voluntaria del Defensor del Pueblo, la Cuarta Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) ordenó el reintegro de un oficial de la Armada de República Dominicana y el pago de los salarios dejados de percibir, luego de determinar que fue objeto de una desvinculación irregular en 2023.
Mediante la sentencia núm. 0030-1642-2026-SSEN-00170, emitida el 26 de abril de 2026, el tribunal dispuso que Luis Fernando Evangelista de Oleo, representado por el abogado Luis Alexander Santana Morla, sea reincorporado a su puesto como teniente de corbeta, cargo del que fue desvinculado en agosto de 2023.
La decisión también ordena el pago de los salarios correspondientes desde la fecha de su cancelación hasta su reintegro efectivo.
El fallo declaró nulo un informe elaborado por una comisión mixta de oficiales de la Armada, al considerar que presentó irregularidades durante su elaboración, específicamente en torno a un interrogatorio realizado en noviembre de 2022.
El tribunal concluyó que dicho informe vulneró garantías mínimas del debido proceso, al impedir que el oficial contara con la asistencia de su abogado y rechazar la participación del Defensor del Pueblo, que intentó intervenir formalmente como veedor durante esa etapa.
La Cuarta Sala también rechazó otros aspectos del recurso, declaró el proceso libre de costas y ordenó la notificación de la sentencia a las partes involucradas y a la Procuraduría General Administrativa.
Luego de agotar la fase administrativa, el recurrente interpuso un recurso contencioso administrativo el 10 de noviembre de 2023. Posteriormente, el 23 de febrero de 2024, el Defensor del Pueblo formalizó su intervención en el caso.
El acompañamiento fue realizado por los licenciados Roberto Quiroz, Yajaira Sierra y Miguel Tapia, tanto en sede administrativa como ante el Tribunal Superior Administrativo, en el marco del recurso presentado contra la decisión del Ministerio de Defensa.
La Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo rechazó inicialmente el recurso mediante la sentencia núm. 0030-03-2025-SSEN-00057, del 30 de enero de 2025.
Inconforme con esa decisión, Evangelista de Oleo interpuso un memorial de casación el 13 de marzo de 2025, acompañado por el Defensor del Pueblo, que el 2 de abril de ese mismo año también depositó su memorial de casación.
Posteriormente, la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia dictó la sentencia núm. SCJ-TS-25-3472, del 30 de septiembre de 2025, mediante la cual anuló la decisión recurrida por falta de motivación.
La alta corte ordenó remitir el expediente a la Cuarta Sala del Tribunal Superior Administrativo para la celebración de un nuevo juicio.
Tras asumir el caso, la Cuarta Sala emitió la sentencia núm. 0030-1642-2026-SSEN-00170, mediante la cual declaró la nulidad del informe de investigación y ordenó el reintegro inmediato del oficial a su cargo de teniente de corbeta, así como el pago íntegro de los salarios dejados de percibir desde agosto de 2023.
