REFORMAS PARA REDUCIR EL GASTO DE BOLSILLO (2/2)

Arismendi Díaz Santana

Para elevar la calidad de los servicios de la red pública es imprescindible establecer fuertes incentivos a los médicos según su dedicación y desempeño. No tiene sentido gastar el 85% del presupuesto en salarios sin compromisos ni garantías reales de resultados

El Art. 176 del proyecto de reforma confirma el carácter integral del Plan Básico de Salud (PBS), agregando la atención de la salud mental, el acceso a salud de todos los jubilados y la atención médica por accidentes de tránsito.

No compartimos la sustitución del Régimen Contributivo Subsidiado (RCS). Este cambio acentuaría la marginalidad del 54.2% de la PEA dejándolos en el limbo, ya que los obligaría a cotizar por sí solos el 29.42% a pesar de tener ingresos un 30% menores y más inestables.

Los autónomos no encajan en el Contributivo porque no son asalariados y carecen de un patrono solidario, y tampoco en el Subsidiado, porque el 57% tiene capacidad contributiva, según las encuestas del Banco Central. Proponemos iniciar el RCS, con la opción de que puedan afiliarse al Contributivo aquellos autónomos que puedan pagarlo.

Superar el ausentismo, el clientelismo y la politiquería que tanto han ralentizado la calidad de la salud pública propiciando su privatización

La SISALRIL cambia completamente el contenido del Art. 173 vigente, un retroceso mayúsculo* Para revertir este proceso es imprescindible incentivar cada vez más el aporte individual a la continuidad y calidad de los servicios médicos.

El presupuesto tradicional a los hospitales y el pago de salarios fijos a los profesionales sin incentivos al desempeño perjudica a millones de afiliados. Nunca han garantizado la entrega de servicios suficientes, oportunos y de calidad, fomentando la privatización, la mercantilización y el gasto familiar de bolsillo.

La SISALRIL no plantea la reducción gradual de la enorme diferencia entre la cápita Contributiva (1,882.49) y la Subsidiada (321.97). Resulta insostenible que, dos décadas después, la cápita subsidiada sea apenas el 17.1% de la contributiva, a pesar de garantizar el mismo PBS para todos los afiliados contributivos y subsidiados.

*Obviamente, no tienen que ser iguales, pero tampoco tan diferentes. La magnitud de esta brecha desnuda el trato desigual que reciben las familias más pobres y vulnerables. *El Estado cumple religiosamente con la Ley 87-01 entregando mensualmente al SENASA la cápita completa del Régimen Contributivo*.

Esperamos la debida ponderación de estas observaciones y propuestas de nuestra Fundación. ADS/636/01/05/2026

Comparte esto!

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *