El Senado de la República analiza un proyecto de ley que busca modificar las leyes 20-23 y 15-19 con el objetivo de contrarrestar la sentencia TC-0788-24 del Tribunal Constitucional (TC), la cual permite que candidatos independientes aspiren a puestos electivos sin pasar por el régimen de los partidos tradicionales.
El fallo del TC declaró inconstitucionales los artículos 152 y 157 de la Ley 20-23, sobre Régimen Electoral, lo que generó preocupación dentro de los partidos políticos y llevó a la Junta Central Electoral (JCE) a socializar una normativa para limitar el impacto de la decisión.
El proyecto en discusión busca corregir las implicaciones de la sentencia y evitar que los candidatos independientes tengan ventajas frente a los postulantes de los partidos establecidos.
En ese sentido, la iniciativa, sometida este martes por Ramón Rogelio Genao, senador de La Vega por el Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) —aliado al oficialismo—, propone eliminar los artículos 156, 157 y 158 de la Ley 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, así como derogar la 15-19, Orgánica del Régimen Electoral y sus modificaciones.
Genao manifestó que el TC cometió un «absurdo», «desasosiego» o «metida de pata» con la sentencia, que los legisladores deben enmendar. Dijo que analizó la Constitución y en ninguna parte está plasmada el aspecto de las candidaturas independientes.
¿Qué dicen los artículos?
En detalles, el artículo 156, señala: «Podrán ser propuestas candidaturas independientes de carácter nacional, provincial, municipal o en el Distrito Nacional, que surjan a través de agrupaciones políticas en cada elección».
El 157, sobre los requisitos, establece: «Para sustentar candidatura independiente para la Presidencia de la República, se requiere una organización de cuadros directivos igual a la de los partidos políticos en toda la República, y un programa de gobierno definido para el período en que hayan de presentarse».
El 158 indica: «Las agrupaciones que sustenten candidaturas independientes para cargos electivos en los municipios podrán mantener sus organizaciones locales e intervenir en elecciones sucesivas, siempre que cumplan con los requisitos señalados en esta ley».
Genao indicó que las atribuciones del TC no son la de legislar. «Ellos no son un poder, son un órgano de control de los actos de los poderes».
El proyecto de ley es independiente a la pieza que estudia la JCE con los partidos políticos. Fue enviado a la comisión de Justicia y Derechos Humanos a fin de estudiarla y rendir un informe al Pleno.
