JCE aclara que los tatuajes faciales no deben ocultarse para la foto de la cédula



La Junta Central Electoral (JCE) informó que las personas con tatuajes en el rostro pueden tomarse la fotografía para la cédula de identidad sin necesidad de cubrir esas marcas con maquillaje.

La aclaración surge luego de la difusión de un video en redes sociales donde dos jóvenes aparecen cubriendo sus tatuajes faciales antes de realizarse la fotografía del documento, alegando que buscaban evitar posibles actos de discriminación laboral.

Requisitos para la imagen oficial

En el material audiovisual, uno de los jóvenes es maquillado mientras su acompañante explica que realizaban el procedimiento para poder obtener la cédula de identidad electoral, debido a que, según afirma, algunas empresas podrían juzgarlos por su apariencia.

“¿Tú crees que es justo? Mira cómo estamos nosotros maquillándonos la cara para que nos puedan dar un trabajo, para poder sacar la cédula maquillándonos, para tapar los tatuajes porque tú puedes salir limpiecito en la cédula, pero si tú tienes tatuajes ‘delincuente’”, expresó el joven en el audiovisual difundido en redes sociales.

La institución electoral explicó que la fotografía del documento solo exige que el rostro permanezca visible y que las orejas estén descubiertas, con el objetivo de facilitar la identificación mediante el sistema biométrico.

No está permitido ocultar la cara con accesorios u objetos que dificulten el reconocimiento, por lo que deben retirarse elementos como gafasaretes de gran tamaño, piercings y cualquier obstáculo que cubra la frente o los laterales del rostro.

Condiciones para el maquillaje

La JCE indicó que el uso de maquillaje está permitido durante la captura de la imagen, siempre que no altere de manera significativa las facciones naturales de la persona ni genere una apariencia distorsionada.

Los tatuajes, por tanto, no representan una causa para impedir la emisión de la cédula ni requieren ser disimulados mediante productos cosméticos.

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