TSE anula una elección del PLD circunscripción 5 Sto. Domingo



SANTO DOMINGO.- El Tribunal Superior Electoral (TSE) anuló la elección de Miguelina Matilde Acosta Torres como titular de la Secretaría de Educación del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) en la circunscripción número 5 de la provincia Santo Domingo, correspondiente al proceso interno celebrado el 9 de febrero de 2025.

La decisión fue adoptada al establecer que la dirigente no reunía los requisitos estatutarios exigidos para ocupar el cargo al momento de su elección, conforme a los artículos 18, párrafo II, y 44 de los Estatutos del PLD, así como al artículo 4, párrafo I, del Instructivo para la elección de los titulares de las secretarías de la organización política.

DISPONEN NUEVA ELECCIÓN

El tribunal ordenó al PLD realizar una nueva elección para escoger al titular de la Secretaría de Educación de esa circunscripción, mediante los órganos internos correspondientes y de acuerdo con sus estatutos y demás normativas aplicables.

La sentencia fue emitida por los jueces Lourdes T. De Jesús Salazar Rodríguez, suplente del presidente del tribunal; Fernando Fernández Cruz y Rafaelina Peralta Arias.

RECHAZAN PETICIÓN DEL IMPUGNANTE

Los magistrados rechazaron la solicitud presentada por Paulino Pérez Ortiz para que se reconociera su elección al cargo, al considerarla improcedente.

La decisión se produjo tras acoger parcialmente la impugnación interpuesta por Pérez Ortiz contra el PLD, con la intervención forzosa de Miguelina Matilde Acosta Torres.

Asimismo, el TSE recalificó jurídicamente el expediente como una impugnación contra actuaciones partidarias concretas, conforme al artículo 95 del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales.

DESESTIMAN MEDIOS DE INADMISIÓN

El tribunal también rechazó los incidentes de inadmisión presentados por la parte interviniente forzosa por alegada extemporaneidad y falta de calidad del impugnante.

La Alta Corte concluyó que la acción fue presentada dentro de los plazos establecidos por la ley y que Paulino Pérez Ortiz tenía legitimidad para accionar, al ser miembro del PLD y candidato en el proceso interno objeto de la impugnación.

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