La disposición establece que se entenderán como terrorismo medioambiental aquellos actos dirigidos contra recursos naturales, ecosistemas o infraestructuras ecológicas estratégicas que, por sus medios, gravedad y finalidad, reúnan los elementos constitutivos de terrorismo previstos en la Ley 267-08 y demás legislación penal aplicable.
El decreto aclara expresamente que no crea un nuevo tipo penal ni modifica o amplía los elementos de los delitos ya vigentes.

Entre las infraestructuras y recursos que recibirán especial protección figuran los sistemas de áreas protegidas, presas, embalses, lagos, principales canales de riego, acueductos y plantas de tratamiento de agua.
También se incluyen las cuencas hidrográficas prioritarias, acuíferos, manglares, humedales, arrecifes coralinos, bosques protectores, nacimientos de ríos y otros ecosistemas cuya afectación grave pueda comprometer la seguridad hídrica, alimentaria, ambiental o económica de la nación.

Ordenan reforzar prevención y vigilancia
El decreto instruye a los organismos vinculados a la prevención y combate del terrorismo a incorporar dentro de sus planes operativos la identificación, prevención y neutralización de amenazas contra infraestructuras ecológicas estratégicas.
Asimismo, dispone la elaboración de una Política Nacional para la Prevención y Combate del Terrorismo Medioambiental, con participación de los ministerios de Defensa, Medio Ambiente y Recursos Naturales, Interior y Policía y Justicia, además de organismos de inteligencia, migración y estructuras antiterroristas.

Entre las prioridades se incluyen la protección de cuencas, bosques y áreas protegidas; la prevención de incendios forestales provocados; y la protección de infraestructuras de agua potable, saneamiento y energía, incluidas las redes de distribución eléctrica.
Las funciones atribuidas al Poder Ejecutivo serán de carácter preventivo y de protección.
El decreto establece además que las agresiones contra el patrimonio ambiental deberán ser remitidas de manera inmediata al Ministerio Público, como órgano competente para determinar las infracciones, dirigir las investigaciones y ejercer la acción penal.
Abinader advierte sobre incendios y actividades ilegales
Antes de la firma del decreto, Abinader afirmó que durante años muchas áreas protegidas no recibieron la atención suficiente del Estado y aseguró que su administración detectó incluso parques nacionales cuyos títulos no estaban a nombre del Estado dominicano.
El mandatario vinculó la nueva política con incendios registrados en áreas protegidas y con actividades ilegales que, según dijo, son realizadas tanto por dominicanos como por extranjeros.
Señaló que esos incendios no solo afectan los árboles, sino también las fuentes de agua y las comunidades cercanas.
“Hemos decidido actuar de manera drástica”, expresó el presidente al explicar la decisión de elevar la respuesta estatal frente a este tipo de hechos.
Abinader también sostuvo que el nuevo Código Penal contempla sanciones severas para determinadas conductas de esta naturaleza, que, según indicó, pueden alcanzar entre 20 y 30 años de prisión.
No obstante, el propio Decreto 615-26 establece que la nueva política no crea un delito adicional, por lo que cualquier sanción deberá corresponder a las infracciones ya previstas en la legislación vigente y ser determinada por los órganos competentes.
Canales confidenciales de denuncia
La disposición ordena además habilitar plataformas tecnológicas y mecanismos confidenciales para que ciudadanos puedan reportar actividades que amenacen recursos naturales estratégicos.
También contempla la protección de denunciantes y colaboradores de buena fe.
El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales y el Ministerio de Defensa deberán presentar periódicamente al presidente de la República informes sobre riesgos, amenazas, incidentes y resultados de las acciones implementadas.
Con el Decreto 615-26, el Gobierno busca colocar la protección de los recursos naturales estratégicos dentro de las prioridades de seguridad y coordinación interinstitucional, especialmente frente a incendios provocados, actividades ilegales y daños que puedan comprometer el abastecimiento de agua, la producción alimentaria o la seguridad ambiental del país.
